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Asociación de funcionarios; Renovación de directorio; Dirigente con fuero maternal; Participación el elección;

ORD. N°913/13

11-feb-2016

Una dirigente de una asociación de funcionarios que se encuentra embarazada al momento de efectuarse la renovación de directorio, debe igualmente participar en dicho proceso, si desea mantenerse en el cargo.

asociación funcionarios, renovación directorio, dirigente con fuero maternal, participación elección;

DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

K456(195)16

ORD. : 0913 / 013 /

MAT.: Asociación de funcionarios; Renovación de directorio; Dirigente con fuero maternal; Participación el elección;

RDIC.: Una dirigente de una asociación de funcionarios que se encuentra embarazada al momento de efectuarse la renovación de directorio, debe igualmente participar en dicho proceso, si desea mantenerse en el cargo.

ANT.: 1) Pase N°69 de 18.01.16 del Sr. Jefe de Gabinete del Sr. Director del Trabajo.

2)Presentación de 15.01.16 de don Cesar Vasquez Bustos por la Asociación de Funcionarios de Salud de Atención Primaria El Manzano de la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo.

FUENTES: Artículo 201 Código del Trabajo. Artículo 24 ley 19.296.

SANTIAGO, 11.02.2016

DE : DIRECTOR DEL TRABAJO (S)

A : SR. CESAR VASQUEZ BUSTOS

SECRETARIO ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS DE SALUD DE ATENCIÓN PRIMARIA EL MANZANO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN Y SALUD DE SAN BERNARDO

VALLE DEL SOL N° 1977

SAN BERNARDO

Mediante presentación del antecedente 2), Ud. solicita a esta Dirección un pronunciamiento referido a si corresponde que una dirigente de la asociación que se encuentra embarazada debe igualmente participar en la renovación de directorio que se debe producir en marzo de 2016.

Al respecto, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

El inciso 1° del artículo 201 del Código del Trabajo, en lo pertinente, dispone:

"Durante el período de embarazo y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad, excluido el permiso postnatal parental establecido en el artículo 197 bis, la trabajadora gozará de fuero laboral y estará sujeta a lo dispuesto en el artículo 174…"

A su vez, el artículo 24 de la ley 19.296, prescribe:

"Los directores permanecerán dos años en sus cargos, pudiendo ser reelegidos.

"Los acuerdos del directorio deberán adoptarse por la mayoría absoluta de sus integrantes."

De las normas antes transcritas se colige, por una parte, el fuero de que goza toda mujer trabajadora por el hecho de estar embarazada, y que dura desde el inicio del embarazo y hasta un año después de expirado el descanso de maternidad, excluido el permiso postnatal parental establecido en el artículo 197 bis, y por otra parte, que los directores de asociación duran dos años en sus cargos y que pueden ser reelegidos.

Ahora bien, en la especie se consulta si atendido al fuero maternal de que goza una dirigente de asociación ésta debe mantener su cargo a pesar de que el directorio debe ser renovado en marzo de 2016.

Sobre este particular cabe señalar que el fuero maternal de que goza una dirigente de una asociación de funcionarios no implica que ésta, en caso de tener que ser renovado el respectivo directorio, no deba igualmente participar en dicho proceso eleccionario. El fuero de que gozaría la dirigente en su condición de trabajadora embarazada, que protege su estabilidad en el empleo, no puede ser entendido como una prerrogativa especial respecto de otros dirigentes o funcionarios que pretendan participar en el proceso de renovación del respectivo directorio de la asociación, de suerte tal que si la dirigente por la que se consulta desea mantener el cargo que actualmente detenta debe participar en dicho proceso eleccionario para obtener su reelección.

En consecuencia, sobre la base de las disposiciones legales transcritas y consideraciones formuladas, cumplo con informar a Ud. que una dirigente de una asociación de funcionarios que se encuentra embarazada al momento en que deba efectuarse la renovación de directorio debe igualmente participar en dicho proceso si desea mantener su cargo.

Saluda atentamente a Ud.,

RAFAEL PEREIRA LAGOS

ABOGADO

DIRECTOR DEL TRABAJO d

JFCC/LBP/MSGC/msgc

- Jurídico

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  • U. Asistencia Técnica
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  • Sr. Jefe de Gabinete Sra. Ministra del Trabajo y Previsión Social
  • Sr. Subsecretario del Trabajo
ORD. N°913/13
asociación funcionarios, renovación directorio, dirigente con fuero maternal, participación elección;

Referencias al Código del Trabajo

Título V De la Terminación del Contrato de Trabajo y Estabilidad en el Empleo
Título II DE LA PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD, LA PATERNIDAD Y LA VIDA FAMILIAR
Título II DE LA PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD, LA PATERNIDAD Y LA VIDA FAMILIAR

Catalogación

Concordancias directas:dictamen 913/13, 11.02.2016
asociación funcionarios, renovación directorio, dirigente con fuero maternal, participación elección;