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Quiénes Somos

Departamento de Contraloría

Andrea Alvarez V.
Andrea Alvarez V.

Jefa de Departamento (s): Andrea Alvarez V.

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Misión:

"Ser un Departamento altamente profesionalizado cuyo reconocimiento está consagrado en el artículo 14 del DFL N° 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que realiza el control de legalidad y asesoría en materias administrativas sometidas a su conocimiento, la tramitación de los procesos disciplinarios con sujeción a la ley N° 18.834 y el diseño e implementación de actividades preventivas en materias de probidad administrativa. Todo conforme a la normativa vigente y a la jurisprudencia de la Contraloría General de la República, con un estándar de trabajo basado en la excelencia, orientado a entregar una respuesta oportuna y de calidad a las usuarias y usuarios internos y externos de la Dirección del Trabajo".

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Objetivos Estratégicos:

  1. Efectuar el control de legalidad respecto a las materias sometidas al conocimiento del Departamento, de manera de asegurar que estas se ajusten a las normas legales y administrativas vigentes.
  2. Entregar asesoría legal y administrativa con altos estándares de calidad frente a requerimientos de usuarios internos del Servicio.
  3. Realizar procesos disciplinarios garantizando el debido proceso, en un marco estricto apego a las normas legales vigentes y la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de Republica.
  4. Desarrollar labores preventivas de ética pública y probidad administrativa, dirigidas a usuarios internos, respecto del cumplimiento de la normativa legal y administrativa vigentes.

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Función Principal:

Velar por el cumplimiento de la dependencia técnica de la Contraloría General de la República, cuya jurisprudencia y resoluciones deberán ser observadas por este Servicio, de conformidad a lo preceptuado en los artículos 18 y 19, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.

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Estructura Orgánica del Departamento :

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Fuente Legal:

Resolución Exenta N° 1198 de fecha 11-11-2022

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Dependencias:

  • Dirección Morandé N°115, Santiago.

Funciones del Jefe/a de Oficina de Contraloría:

  1. Organizar, dirigir, controlar y coordinar el funcionamiento de la Oficina.
  2. Asesorar a el/la Director/a del Trabajo en las materias que someta a conocimiento de la oficina.
  3. Efectuar el control de la legalidad de las actuaciones del Servicio, de acuerdo a los procedimientos establecidos.
  4. Proporcionar asesoría legal administrativa tanto a los usuarios internos como externos del servicio.
  5. Supervigilar y coordinar la correcta representación judicial del Servicio en materias relacionadas directamente con el Derecho Administrativo.
  6. Asegurar la oportunidad, rigurosidad, objetividad y debido proceso en las investigaciones disciplinarias.
  7. Promover mecanismos proactivos, en coordinación con las áreas respectivas, que fomenten la probidad funcionaria y verifiquen áreas de riesgos.
  8. Velar por que la gestión institucional se apegue a la normativa legal vigente, mediante el cumplimiento de los actos administrativos del Servicio.
  9. Resguardar la coherencia jurídica y técnica en las resoluciones, actos administrativos del Servicio y productos finales de las líneas del Servicio que determine el Jefe Superior del Servicio, en aquellos aspectos que sean de competencia de esta Oficina.
  10. Asesorar y efectuar un examen de legalidad de los productos finales de las distintas líneas de acción de la Dirección del Trabajo, en materias no laborales, entre otras:
    • Compras públicas, en la medida que guarden relación con procesos de connotación institucional, tales como grandes compras u otros, atendida la magnitud de los montos involucrados, labor que se circunscribe a la revisión de las bases administrativas.
    • Contratos y convenios con instituciones públicas o privadas.
    • Ley de Lobby (ley N° 20.730), en lo referido al control jurídico sobre su admisibilidad de conformidad a lo previsto en el artículo 6° de dicho texto legal, tratándose de autoridades de nivel central y Jefe Superior del Servicio.
  11. Asesorar en el cumplimiento de materias de integridad y ética pública del Servicio.
  12. Proponer y coordinar acciones en el ámbito de la prevención de materias relacionadas con la ley N° 19.913.