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ORD.N°377

Materias únicas: Asistentes de la educación - Establecimiento particular subvencionado regido por el D.F.L Nº2, de 1998, del Ministerio de Educación - Reducción de la jornada ordinaria de trabajo - Ley Nº21.561
Fecha: 31-ago-2026

La reducción de la jornada ordinaria de trabajo dispuesta por la Ley Nº21.561 no es aplicable a los asistentes de la educación que laboran en establecimientos educacionales particulares subvencionados, quienes se rigen en materia de jornada de trabajo por lo establecido en el artículo 39 de la Ley Nº21.109.

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Fecha: 31/08/2026

Reducción de la jornada ordinaria de trabajo; Ley Nº21.561; Asistentes de la educación; Establecimiento particular subvencionado regido por el D.F.L Nº2, de 1998, del Ministerio de Educación;

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Profesionales de la educación; asistentes de la Educación; Ley N°21.561;