dictamen n°826/47, 23.12.2025
Dictamen destacado
ORD.N°39
Materias únicas: Choferes de vehículo de carga terrestre interurbana - base de cálculo - tiempos de espera
Fecha: 19-ene-2026
Los tiempos de espera a bordo o en el lugar de trabajo no son imputables a la jornada laboral y su retribución o compensación queda sujeta al acuerdo de las partes, el cual deberá considerar, como base mínima, una proporción equivalente a 1,5 ingresos mínimos mensuales, en base a un denominador correspondiente a la jornada respectiva, siendo el denominador, la cantidad de horas trabajadas al mes.
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Ordinarios
Fecha: 19/01/2026
Choferes de vehículo de carga terrestre interurbana; tiempos de espera; base de cálculo;