ordinario n°729, 07.11.2025
Dictamen destacado
ORD.N°729
Materias únicas: Horas extraordinarias - Cláusula tácita - Regla de la conducta - Estatuto de Salud - Corporación Municipal
Fecha: 07-nov-2025
1.- La cláusula tácita y la regla de la conducta son figuras jurídicas que no resultan aplicables al personal regido por la Ley N°19.378 con desempeño en una Corporación Municipal. 2.- Las horas desempeñadas por los funcionarios regidos por la Ley N°19.378 que se desempeñan en una Corporación Municipal a continuación de su jornada ordinaria de trabajo deben ser compensadas con descanso complementario o pagarse con un 25% o 50% de recargo sobre el valor de la hora diaria de trabajo según sea el caso.
Documentos relacionados ordinario n°729, 07.11.2025 (1)
Ordinarios
Fecha: 07/11/2025
Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Horas extraordinarias; Cláusula tácita; Regla de la conducta;