1) El comprobante de pago del bono contemplado en la letra c) de la cláusula cuarta del contrato de trabajo analizado no se ajustaría a derecho, por cuanto no señala en detalle la forma empleada para realizar su cálculo, en particular en lo referido a los sistemas de ventas sell-out (venta final a público) y las posibles notas de crédito existentes, no cumpliendo con el principio de certeza de las remuneraciones.
2) Este Servicio debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico en los términos solicitados por tratarse de una consulta genérica que no refiere a la interpretación de algún punto dudoso u oscuro de alguna disposición social que amerite de pronunciamiento, sin perjuicio de las anotaciones efectuadas en el presente informe.