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Dictamen destacado

ORD. N°795

Materias únicas: Sistema de registro y control de asistencia digital - Perdida de Información
Fecha: 26-nov-2024

Los sistemas electrónicos de registro y control de asistencia deben almacenar y custodiar la información por el término de 5 años.

Documentos relacionados ordinario 795, 26.11.2024 (1)

Ordinarios

ORD. N°795

Fecha: 26/11/2024

Sistema de registro y control de asistencia digital; Pérdida de Información;