dictamen 2276/71, 04.04.1988
Dictamen destacado
ORD. N°1058/20
Materias únicas: Negociación Colectiva
Fecha: 14-feb-1990
Resulta jurídicamente improcedente resolver sobre la solicitud de reconsideración de la resolución exenta N°2, de 19.01.1990, emitida por el Sr. I.P.T. de Arica recaída en el proceso de negociación colectiva iniciado en la Fundación Mi Casa, Hogar Arica, como asimismo impartir instrucciones respecto del referido proceso.
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Dictámenes
Fecha: 14/02/1990
Negociación Colectiva; Reconsideración Res. Ex. N°2, 19.01.1990;