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Dictámenes y Normativa

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ORD. N°477

Materias únicas: trabajadores extranjeros
Fecha: 26-jul-2024

Aquella/os trabajadora/es extranjera/os que hubieren residido en el país por un plazo superior a los cinco años se considerarán como chilenos, independiente del permiso de residencia del que sean titulares de acuerdo con la actual normativa migratoria.

Documentos relacionados ordinario 477, 26.07.2024 (1)

Ordinarios

ORD. N°477

Fecha: 26/07/2024

Trabajadores Extranjeros; Residencia en Chile, plazo superior a 5 años; Permiso de Residencia; Normativa Migratorio;