Contrato de Trabajo, cláusula tácita
Dictamen destacado
ORD. N°389
Materias únicas: Contrato de Trabajo, cláusula tácita
Fecha: 21-jun-2024
No resulta jurídicamente procedente que la empresa Canal 13 SpA, proceda a suprimir unilateralmente el beneficio de salida anticipada de los trabajadores, los días que son vísperas de los festivos correspondientes al 25 de diciembre y 01 de enero cuando estas fechas coinciden con día hábil, como también, la aplicación del beneficio los días viernes anteriores a esas festividades cuando ellas recaen en sábado o domingo, por constituir una cláusula tácita incorporada a los contratos individuales de aquellos dependientes.
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Contrato de Trabajo; Cláusula Tácita; Salida anticipada en vísperas de festivos 25 de diciembre y 01 de enero;