ordinario 4297, 07.11.2013
Dictamen destacado
ORD. N°4297
Materias únicas: Competencia Dirección del Trabajo
Fecha: 07-nov-2013
La Dirección del Trabajo carece de competencia para resolver asuntos controvertidos una vez extinguida la relación jurídica laboral, siendo de competencia de los Tribunales con competencia en lo laboral para pronunciarse al respecto.
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Ordinarios
Fecha: 07/11/2013
Competencia Dirección del Trabajo; Materia Controvertida; Relación laboral extinguida; Tribunales de Justicia;