Resulta jurídicamente procedente, que la empleadora Alimentos Pancho Villa S.A. disponga de sus trabajadores, y específicamente el dependiente por el cual se consulta, haga uso del tiempo destinado a colación en los términos y condiciones precisadas por la doctrina institucional vigente, contenida, como ya se dijera, en el ordinario N°4385/169, de 2004, de este Servicio.