ordinario 3217, 16.08.2013
Dictamen destacado
ORD. N°3217
Materias únicas: Estatuto de Salud, Atención Primaria de Salud
Fecha: 16-ago-2013
De todo lo expuesto, fluye que la doctrina contenida en el dictamen N°3013/57 de 17.07.2008 y a la cual se ha ceñido el procedimiento precalificatorio efectuado por los jefes del Sector de esa Corporación Municipal se encuentra plenamente ajustada a derecho, por lo que se deniega su reconsideración.
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Ordinarios
Fecha: 16/08/2013
Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Sistema Atención Primaria de Salud; Procedimiento Precalificación;