De acuerdo a doctrina de este Servicio, contenida en dictamen N°1940/21, de 10.05.2013, la Dirección del Trabajo carece de competencia para dejar sin efecto una medida disciplinaria aplicada como consecuencia de un sumario administrativo respecto del personal de atención primaria de salud municipal que trabaja en la Corporación Municipal, razón por la cual no resulta procedente, en la especie, acoger su petición toda vez que Ud. señala en la misma que ya fueron aplicadas sanciones como consecuencia del procedimiento iniciado en su contra.