El establecimiento denominado Palacio del Sandwich, perteneciente a la empresa Paulina Andrea Pizarro Balbontín, Churrasquería E.I.R.L., cuyo giro es la entrega de comida rápida a domicilio, no puede ser considerado entre aquellos comprendidos en la expresión "restaurantes" a que alude el artículo 27 del Código del Trabajo y resulta, por tanto, aplicable al personal de su dependencia que se desempeña como repartidor, la jornada prolongada que la citada norma contempla sino que tales trabajadores se rigen en materia de jornada de trabajo por el artículo 22, inciso 1° del Código del Trabajo, que establece a su respecto un límite máximo de 45 horas semanales.