Cumplo con informar a Ud. que un funcionario con contrato indefinido clasificado en la Categoría e) del artículo 5° de la Ley N°19.378 no puede ser automáticamente promovido a la categoría b) señalada en esa misma norma por la vía de la suscripción de un anexo de contrato, en lo términos expuestos en el presente oficio.