ordinario 1677, 22.04.2013
Dictamen destacado
ORD. N°1677
Materias únicas: sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descansos
Fecha: 22-abr-2013
No resulta jurídicamente procedente que tratándose de trabajadores que se desempeñan en sistemas excepcionales de distribución de jornada y descanso y que incurren en inasistencias injustificadas durante el ciclo de trabajo, el empleador les otorgue los días de descanso en forma proporcional a los días efectivamente trabajados.
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Ordinarios
Fecha: 22/04/2013
Sistema Excepcional de Distribución de Jornada de Trabajo y Descanso; Inasistencia injustificada; Días de Descanso proporcional; Descuento Días no laborados;