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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°845

Materias únicas: Remuneraciones
Fecha: 21-feb-2013

No resulta jurídicamente procedente someter el derecho a pago de las remuneraciones como comisiones y otras similares a circunstancias posteriores a la prestación de los servicios, ajenas a la responsabilidad y cumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador, condicionándolas a la conducta de un tercero extraño a la relación laboral, como podría ser que el comprador no permanezca incorporado durante cierto lapso a la empresa con la cual contrató, todo lo cual correspondería asumir al empleador como riesgo propio de la empresa.