Atendidas las particularidades que presenta la prestación de los servicios por los que se consulta, es dale estimar que la fórmula propuesta por la empresa TELINTCAB Ltda., para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 21 y 25 del Decreto Supremo N°594, de 2000, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en las normativas vigentes sobre la materia. Lo anterior, sin perjuicio de las observaciones que esta Dirección pueda realizar en lo sucesivo mediante fiscalizaciones en terreno.