ordinario 823, 20.02.2013
Dictamen destacado
ORD. N°823
Materias únicas: Días 1° mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1° de enero - Trabajadores del Comercio - Feriado obligatorio e irrenunciable
Fecha: 20-feb-2013
Los dependientes que laboran para Punto Perú Ltda., tienen derecho a los festivos obligatorios e irrenunciables del 1° de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1° de enero de cada año.
Documentos relacionados ordinario 823, 20.02.2013 (1)
Ordinarios
Fecha: 20/02/2013
Feriado obligatorio e irrenunciable; Trabajadores del Comercio; Días 1° mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1° de enero;