Establecimiento Educacional
Dictamen destacado
ORD. N°464
Materias únicas: Feriado - Establecimiento Educacional - Asistentes de la Educación
Fecha: 31-mar-2023
Es una prerrogativa del empleador dentro de sus facultades de organizar, administrar y dirigir el establecimiento educacional, el convocar a los asistentes de la educación a prestar servicios cinco días antes del inicio del año escolar puesto que no es posible hacer efectivo los cinco días hábiles al término del año escolar o en otra época, al existir norma expresa que así lo dispone.
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Fecha: 19/02/2013
Competencia Dirección del Trabajo; Estatuto Docente; Establecimiento Educacional; Corporación Municipal; Contraloría General de la República;