La conclusión a la cual se arribe en relación con la materia, tendrá también incidencia en la aplicabilidad o no del Estatuto Docente y de la Ley N°19.464, y por ende, del derecho a percibir o no los beneficios remuneracionales que en dichos cuerpos legales se establecen, respecto de los trabajadores que prestan servicios en los niveles de enseñanza antes indicados.