Los trabajadores de la empresa Seaport S.A. que a la fecha de aplicación del beneficio denominado "bono festivos especiales" eran socios del Sindicato de Empresa Seaport S.A. San Antonio, no están obligados a efectuar el aporte previsto en el artículo 346 del Código del Trabajo a favor del Sindicato de Empresa Seaport N°2.