ordinario 284, 28.02.2023
Dictamen destacado
ORD. N°284
Materias únicas: Marina Mercante, Trabajadores a bordo naves mayores
Fecha: 28-feb-2023
Los armadores se encuentran obligados a mantener a bordo de las naves mayores de la marina mercante nacional un ejemplar del contrato de trabajo y un ejemplar de contrato de embarco de todos los trabajadores, sin excepción, que formen parte de la dotación de la nave donde presten servicios, de acuerdo lo dispuesto en el artículo 103 inciso 2° del Código del Trabajo.
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Ordinarios
Fecha: 28/02/2023
Marina Mercante; Trabajadores a bordo naves mayores; Contrato de Trabajo; contrato de embarco;