ordinario 2677, 24.06.2008
Dictamen destacado
ORD. N°3925
Materias únicas: Organización Sindical
Fecha: 10-oct-2014
En la especie, no resulta jurídicamente procedente que el empleador pueda ejercer las facultades del artículo 12 del Código del Trabajo, que le confiere el artículo 243, en su inciso 2° del mismo cuerpo normativo, respecto de un dirigente sindical, en los términos requeridos.
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Ordinarios
Fecha: 10/10/2014
Organización Sindical; Dirigente Sindical; Subcontratación; Fuero Laboral;