ordinario 223, 09.02.2023
Dictamen destacado
ORD. N°92
Materias únicas: Remuneraciones
Fecha: 12-feb-2024
1)No resulta jurídicamente procedente establecer un sistema de incentivo remuneracional que haga depender la obtención de este, a la circunstancia de que el trabajador no haga uso de su derecho a gozar de licencia médica o del feriado legal. 2)No resulta jurídicamente procedente la modificación unilateral de las metas que determinan los incentivos remuneraciones, reitera Ordinario N° 6515, de 26.12.2018. 3)El cálculo o medición de los incentivos variables de los cobradores Recovery que hacen uso de licencia médica, debe ser calculado considerando la proporción de días trabajados, por lo que, cualquier factor u operación aritmética utilizado para la medición de un incentivo que no respete esa proporcionalidad, deviene improcedente al constituirse en un imposible para aquellos trabajadores que se encuentran afectos por una contingencia de salud.
Documentos relacionados ordinario 223, 09.02.2023 (3)
Ordinarios
Fecha: 14/08/2023
Semana corrida; Remuneración Variable; Principio constitucional de la justa retribución de las remuneraciones;
Ordinarios
Fecha: 11/07/2023
Remuneraciones; Bono incentivo; Licencia Médica; Modificación unilateral de plan de incentivo remuneracional vigente;
Ordinarios
Fecha: 09/02/2023
Remuneraciones; Principio de Certeza; Protección de las remuneraciones;