ordinario 1798, 19.05.2014
Dictamen destacado
ORD. N°1798
Materias únicas: Competencia Dirección del Trabajo
Fecha: 19-may-2014
La Dirección del Trabajo, en calidad de autoridad pública, carece de competencia para fiscalizar y sancionar a una organización sindical por el incumplimiento de las obligaciones estatutarias, toda vez que de acuerdo al principio de autonomía sindical que rigen a estas organizaciones deben ser propios interesados los que encuentren solución a las disputas que se originen.
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Ordinarios
Fecha: 19/05/2014
Competencia Dirección del Trabajo; Organización Sindical; Sanción; Incumplimiento obligaciones estatutarias; Autonomía Sindical;