Los estipendios denominados "Bono de Asistencia", pactado en contrato individual de trabajo, como el incremento del mismo y "Bono Nocturno", estipulado en contrato colectivo vigente, de 30.04.2010, suscrito entre la empresa Kabelco S.A. y el Sindicato de Trabajadores de esa empresa constituyen sueldo, y por tanto deben ser considerados para efectos de calcular el pago de las horas extraordinarias de trabajo.