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Dictámenes y Normativa

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ORD. N°1844

Materias únicas: Jornada Laboral
Fecha: 20-may-2014

1.- Resulta jurídicamente procedente que trabajadores afectos a una jornada ordinaria de trabajo, distribuida de lunes a sábado, puedan hacer uso de su beneficio a feriado en forma fraccionada, previo acuerdo con el empleador, durante un día sábado, en la medida que dicho día no coincida con un festivo. 2.- No resulta ajustado a derecho adicionar el feriado fraccionado de que pueden hacer uso durante un día viernes o lunes los trabajadores afectos a una jornada ordinaria de trabajo, distribuida de lunes a sábado, los días sábados y domingos siguientes o anteriores a éstos, según corresponda, salvo que coincidan con un festivo legal.