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Dictamen destacado

ORD. N°1080

Materias únicas: Documentación laboral electrónica
Fecha: 27-mar-2014

1.- La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse de la forma de proceder para recuperar la documentación laboral electrónica que habría sido retenida por la empresa E-Sign S.A., correspondiendo dicha facultad privativamente a los Tribunales de Justicia. 2.- La obligación de mantener disponible la documentación que deriva de las relaciones laborales en los establecimientos y faenas, pesa sobre el empleador.

Documentos relacionados ordinario 1080, 27.03.2014 (1)

Ordinarios

ORD. N°1080

Fecha: 27/03/2014

Documentación laboral electrónica; Competencia Dirección del Trabajo; Tribunales de Justicia;