ordinario 257, 20.01.2014
Dictamen destacado
ORD. N°257
Materias únicas: gratificación legal
Fecha: 20-ene-2014
Resulta jurídicamente procedente el cálculo del pago proporcional a los días trabajados de la gratificación mensual pagada de conformidad a lo dispuesto en el artículo 50 del Código del Trabajo, en caso de que el trabajador se encuentre algunos días del mes en reposo médico con derecho a subsidio por incapacidad laboral, siempre que la gratificación se hubiese incluido en la base de cálculo del subsidio percibido por el dependiente en dicho período.
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Ordinarios
Fecha: 20/01/2014
Gratificación Legal; Base de Cálculo; Licencia Médica; Subsidio por incapacidad laboral;