ordinario 196, 16.01.2014
Dictamen destacado
ORD. N°196
Materias únicas: subcontratación
Fecha: 16-ene-2014
Este Servicio se encuentra impedido de resolver la consulta planteada, en tanto no se determine, en sede judicial, quien efectivamente ejerce las facultades establecidas en el artículo 3 del Código del Trabajo, esto es, de acuerdo con lo definido de lo que debe entenderse por "empleador", en los términos señalados en dicho cuerpo legal, respecto de los trabajadores por los cuales se consulta.
Documentos relacionados ordinario 196, 16.01.2014 (1)
Ordinarios
Fecha: 16/01/2014
Subcontratación; Organización Sindical; Descuento cuotas sindicales;