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Dictamen destacado

ORD. N°1391

Materias únicas: Estatuto Docente
Fecha: 10-mar-2016

A la Sra. Lucía Muñoz González no le asiste el derecho a que la Corporación Municipal de Viña del Mar para el Desarrollo Social, quien le ha puesto término a su contrato de trabajo por la causal prevista en la letra h) del artículo 72 del Estatuto Docente, esto es, salud incompatible, le pague indemnización por años de servicios, como tampoco la indemnización prevista en el artículo 2º transitorio del mismo cuerpo legal.