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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°1717

Materias únicas: negociacion colectiva
Fecha: 29-mar-2016

Los trabajadores de la empresa TUR-BUS Ltda., que renunciaron a sus respectivos sindicatos luego de haber negociado colectivamente representados por aquellos y que posteriormente se afiliaron al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Empresa TUR-BUS Ltda., con el que participaron nuevamente en un proceso de negociación colectiva, pese a encontrarse aún vigentes los contratos colectivos a los que se encontraban afectos, están obligados a efectuar a favor de las organizaciones que los celebraron el aporte previsto por el inciso 3º del artículo 346 del Código del Trabajo, a partir de su desafiliación de estas últimas y durante toda la vigencia de los respectivos instrumentos.