ordinario 1350, 10.08.2022
Dictamen destacado
ORD. N°530/21
Materias únicas: incomparecencia injustificada - citaciones electrónicas - sanciones
Fecha: 14-abr-2023
1) Las citaciones realizadas en forma electrónica por los funcionarios de esta Dirección producen los mismos efectos legales que aquellas efectuadas en forma presencial y, en consecuencia, dan cumplimiento a los requisitos del artículo 30 del Decreto con Fuerza de Ley N°2, de 1967, del Ministerio del Trabajo. 2) Reconsidera la doctrina contenida en el Ordinario N°1350, de 10.08.2022.
Documentos relacionados ordinario 1350, 10.08.2022 (1)
Ordinarios
Fecha: 10/08/2022
Citación comparendo de Conciliación; Sanción por incomparecencia del reclamado;