La solicitud de pronunciamiento no guarda relación con el ejercicio de la facultad de interpretación de la normativa que otorgan las disposiciones legales. Por el contrario, la consulta se refiere simplemente a conocer cual es la normativa aplicable a un materia que el instrumento colectivo consigna en particular, cuestión que en definitiva es la solicitud de una asesoría jurídica, pero no de un pronunciamiento que interprete algún punto obscuro o dudoso de la legislación laboral y su reglamentación, aplicable a un caso concreto o en abstracto.