Las empresas que desarrollan labores de ingeniería en diferentes faenas cuentan, para el registro y control de asistencia de su personal de terreno con las siguientes alternativas:
1.- Utilizar un sistema general de registro y control de asistencia de aquellos indicados en el inciso 1 del artículo 33 del Código del Trabajo, vale decir, un libro de formato de papel, un reloj control con tarjetas de registro y una solución digital regulada por el Dictamen N°2927 de 28.12.2021.
2.- Utilizar el sistema opcional contemplado en la resolución Exenta N°195 de 1990 de este Servicio, la cual fija requisitos y regula procedimientos para establecer un sistema opcional de control de asistencia y determinación de la horas de trabajo para los trabajadores que prestan servicios en faenas de construcción e ingeniería.