ordinario 2158, 06.09.2021
Dictamen destacado
ORD. N°2158
Materias únicas: Competencia Dirección del Trabajo
Fecha: 06-sep-2021
Sobre la base de las consideraciones formuladas, disposiciones legales citadas y jurisprudencia administrativa invocada, cumplo con informar que este Servicio carece de competencia para pronunciarse sobre las causales de término de la relación laboral invocada por su empleador o la ausencia expresa de aquellas, materia cuyo conocimiento y resolución es de competencia exclusiva de los Tribunales de Justicia.
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Ordinarios
Fecha: 06/09/2021
Competencia Dirección del Trabajo; Termino relación laboral; Causales;