ordinario 1810, 12.07.2021
Dictamen destacado
ORD. N°1810
Materias únicas: Asistentes de la educación
Fecha: 12-jul-2021
Los asistentes de la educación que prestan servicios en lo establecimientos particulares subvencionados regidos por el D.F.L. N°2, de 1998, del Ministerio de Educación tienen derecho al feriado regulado por el artículo 41 de la Ley N°21.109.
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Ordinarios
Fecha: 12/07/2021
Asistentes de la Educación; Establecimiento educacional particular subvencionado; Ley N°21.199;