La extinción de la relación laboral que unía a la empresa FLSmidth S.A. y cuatro de sus trabajadores, implicó la desvinculación de estos últimos del contrato colectivo por el que se regían, razón por la cual, luego de su nueva contratación por la misma empresa, estaban habilitados para participar en un proceso de negociación colectiva iniciado por el sindicato al que se afiliaron.