ordinario 632, 24.02.2021
Dictamen destacado
ORD.N°115
Materias únicas: Sector municipal - Profesionales de la educación - Descanso de colación - Tabla de proporcionalidad
Fecha: 06-feb-2026
El descanso de colación, que producto del acuerdo de las partes se estima como un periodo trabajado, no debe ser considerado para efectos de aplicar la tabla de proporcionalidad entre las horas lectivas, no lectivas y recreos.
Documentos relacionados ordinario 632, 24.02.2021 (2)
Ordinarios
Fecha: 14/04/2023
Profesionales de Educación; Establecimiento Educacional; Corporación Municipal;
Ordinarios
Fecha: 06/02/2026
Descanso de colación; Profesionales de la educación; Sector municipal; Tabla de proporcionalidad;