1.- Es legalmente procedente elegir mediante sistema electrónico a los trabajadores miembros del Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
2.- Corresponde entender prorrogadas las funciones de los miembros en ejercicio del Comité Paritario de Higiene y Seguridad y realizar las elecciones para renovar el referido comité una vez reincorporadas a sus labores una parte sustantiva de los trabajadores evitando una excesiva e inconveniente prolongación del proceso eleccionario.