ordinario 9, 04.01.2021
Dictamen destacado
ORD. N°9
Materias únicas: Choferes Vehículos de Carga Terrestre Interurbana
Fecha: 04-ene-2021
1.- La empresa Maper S.A., debe corregir el documento denominado "Procedimiento llenado Libreta Registro Diario de Asistencia de Conductores", ajustándolo a las observaciones realizadas en el cuerpo del presente informe. 2.- Los conductores de vehículos de carga que realicen trayectos interurbanos deben gozar de un descanso mínimo ininterrumpido de 8 horas dentro de cada 24 horas, sin importar la duración de los trayectos que realicen. 3.- Atendido que la libreta de registro es individual, en los casos de viajes cubiertos por dos conductores cada uno de ellos debe portar y completar sus propias actividades.
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Ordinarios
Fecha: 04/01/2021
Choferes Vehículos de Carga Terrestre Interurbana; Libreta Registro de Asistencia; Sistema Doble Conducción;