ordinario 1347, 02.04.2020
Dictamen destacado
ORD. N°1347
Materias únicas: Distribución de Jornada semanal
Fecha: 02-abr-2020
Conforme a la nueva normativa contenida en el artículo 375 del Código del Trabajo actualmente es factible la distribución de la jornada semanal de 45 horas en solo cuatro días, en la medida que se dé cumplimiento a los requisitos necesarios para ello, analizados en dictamen N°6084/9, de 26.12.2016.
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Ordinarios
Fecha: 02/04/2020
Distribución de Jornada semanal; 45 horas; Pactos sobre condiciones de trabajo;