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Dictámenes y Normativa

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ORD. N°5560

Materias únicas: Documentación laboral
Fecha: 03-dic-2019

1) Al no existir un plazo expreso para reconstituir la documentación laboral destruida por un incendio, los empleadores deben proceder a ello en el tiempo más breve posible debiendo, en caso de ser fiscalizados, acreditar que las circunstancias de la pérdida obedecen a un hecho asimilable a un caso fortuito o fuerza mayor. 2) Las respectivas Direcciones Regionales del Trabajo deben instruir en cada caso la forma en que los empleadores deben proceder frente a un proceso de reconstitución de documentación laboral.