El régimen de pago de la indemnización por años de servicio que contemplan las cláusulas contractuales suscritas entre la empresa Importadora y Manufacturera Von Der Heyde S.A.C.I. y los dependientes señores Gerardo López, F. y Armando Michel Lobos Améstica, en los años 1982 y 1988, respectivamente, no se encuentra ajustado a derecho.