dictamen 4538/212, 05.08.1994
Dictamen destacado
ORD. Nº1729/98
Materias únicas: acuerdo - asamblea - beneficios - legalidad - organizaciones sindicales - organización sindical - socio
Fecha: 30-mar-1999
1) No afecta a la validez del acuerdo adoptado por una organización sindical la circunstancia que con posterioridad al mismo hubiesen sido despedidos de la empresa uno o más de los socios que participaron en la asamblea respectiva. 2) No resulta jurídicamente procedente que un sindicato otorgue beneficios a quienes no tengan la calidad de socios del mismo al momento de devengarse los aludidos beneficios.
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Dictámenes
Fecha: 30/03/1999
Organizaciones sindicales; Asamblea; Acuerdo legalidad; Socios; Beneficios;