ordinario 1656, 21.03.2016
Dictamen destacado
ORD. N°1656
Materias únicas: Trabajadores del Comercio
Fecha: 21-mar-2016
Los trabajadores que se desempeñan en en labores de aseo en aeropuertos, hospitales, mineras, supermercados, y que se desempeña en día domingo, se encuentran comprendidos en el numeral 2º del inciso 1º del artículo 38 del Código del Trabajo, por tal razón, no le resultan aplicables las disposiciones contenidas en la Ley Nº 20.823.
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Ordinarios
Fecha: 21/03/2016
Trabajadores del comercio; Aplicación de los beneficios de la ley Nº 20.823 respecto de trabajadores que prestan servicios en aeropuertos, hospitales y mineras;