No compete a la Dirección del Trabajo, resolver el recurso extraordinario de revisión interpuesto ante la Contraloría Regional de Antofagasta, al existir acta de conciliación judicial que pone término a la relación laboral de la requirente con la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, así como, al proceso sumarial ya instruido, según consta en causa RIT T-182-2018 del Juzgado de Letras de Antofagasta.