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ORD. Nº6774/342

Materias únicas: computo - cómputo - efectos - indemnización legal por años de servicio - servicio militar
Fecha: 07-nov-1997

Para los efectos de calcular la indemnización por años de servicio que le corresponde impetrar al ex trabajador de la empresa Ingeniería y Construcción A.B.M. Ltda., Sr. Cristián Veas M., debe considerarse como fecha de ingreso a la aludida empresa el día 1º de julio de 1993, contando, por ende, a la fecha de terminación del respectivo contrato de trabajo, con 4 años de servicio prestados continuamente a dicho empleador.